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Resolución Provisional de ayudas para contratos predoctorales en el área de la biomedicina biotecnología y ciencias de la Salud

8 de noviembre de 2018

Propuesta de resolución Provisional de la convocatoria 2018 de ayudas para contratos predoctorales del Programa de Personal Investigador en Formación Predoctoral en el área de la biomedicina, biotecnología y ciencias de la Salud, publicada por resolución de 27 de junio de 2018 del Director de Gestión del Instituto de Investigación Marqués de Valdecilla (IDIVAL) y del Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Cantabria. 

Por resolución de 27 de junio de 2018 (extracto de la convocatoria publicado en el BOC de 9 de julio de 2018) del Director de Gestión del Instituto de Investigación Marqués de Valdecilla y del Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Cantabria, se convocaron ayudas para contratos del Programa de Personal Investigador en formación predoctoral en el área de la biomedicina, biotecnología y ciencias de la Salud.

De conformidad con lo establecido en la convocatoria la Comisión mixta designada para la evaluación de las solicitudes, una vez reunida ha acordado:

Primero.- Dictar propuesta de resolución provisional de los solicitantes admitidos a trámite por orden de puntuación, que se relacionan en el Anexo I, según el apartado III. de la convocatoria.

Segundo.-En el anexo II se incluyen los solicitantes desestimados y la causa de desestimación.

Tercero.- Serán considerados candidatos seleccionados, los dos primeros solicitantes del anexo I con mejor puntuación final por cada campo de investigación y la solicitud mejor evaluada de entre las restantes, independientemente de la procedencia del investigador avalista.

Cuarto.- Los solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente propuesta de resolución en la dirección de internet: 

https://web.unican.es/investigacion/convocatorias/detalle?c=315&a=246 

Para formular las alegaciones que estimen oportunas. La presentación de las alegaciones deberá realizarse a través del Registro General de la Universidad, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el Art. 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.