Propuesta de resolución Provisional de la convocatoria 2018 de ayudas para contratos predoctorales del Programa de Personal Investigador en Formación Predoctoral en el área de la biomedicina, biotecnología y ciencias de la Salud, publicada por resolución de 27 de junio de 2018 del Director de Gestión del Instituto de Investigación Marqués de Valdecilla (IDIVAL) y del Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Cantabria.
Por resolución de 27 de junio de 2018 (extracto de la convocatoria publicado en el BOC de 9 de julio de 2018) del Director de Gestión del Instituto de Investigación Marqués de Valdecilla y del Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Cantabria, se convocaron ayudas para contratos del Programa de Personal Investigador en formación predoctoral en el área de la biomedicina, biotecnología y ciencias de la Salud.
De conformidad con lo establecido en la convocatoria la Comisión mixta designada para la evaluación de las solicitudes, una vez reunida ha acordado:
Primero.- Dictar propuesta de resolución provisional de los solicitantes admitidos a trámite por orden de puntuación, que se relacionan en el Anexo I, según el apartado III. de la convocatoria.
Segundo.-En el anexo II se incluyen los solicitantes desestimados y la causa de desestimación.
Tercero.- Serán considerados candidatos seleccionados, los dos primeros solicitantes del anexo I con mejor puntuación final por cada campo de investigación y la solicitud mejor evaluada de entre las restantes, independientemente de la procedencia del investigador avalista.
Cuarto.- Los solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente propuesta de resolución en la dirección de internet:
https://web.unican.es/investigacion/convocatorias/detalle?c=315&a=246
Para formular las alegaciones que estimen oportunas. La presentación de las alegaciones deberá realizarse a través del Registro General de la Universidad, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el Art. 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.