https://www.idival.org/wp-content/uploads/2022/05/cab-presentacion.jpg

ABIERTA NUEVA CONVOCATORIA FOMENTO TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO

27 de julio de 2020

En el Boletín Oficial de Cantabria del 27 de Julio se ha publicado la Resolución de 20 de julio de 2020, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la transferencia de conocimiento en materia de investigación en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Objetivo de la convocatoria

Este programa adaptado a la nueva normalidad tiene prevista su continuidad y trata de fomentar la transferencia de conocimiento y el conjunto de actividades dirigidas a la difusión de conocimientos, experiencias y habilidades para facilitar el uso, la aplicación y la explotación de los resultados de la I+D de Cantabria a través de la financiación de proyectos de cualquiera de las grandes áreas del conocimiento: Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas o Ingeniería y Arquitectura.

Se dicta al amparo de la de la Orden UIC/19/2020, de 26 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la transferencia de conocimiento. En esta convocatoria también se identificarán en los proyectos de investigación colaborativa: al menos un agente creador de nuevo conocimiento o desarrollador de nuevas aplicaciones y al menos un agente interesado en la transferencia del nuevo conocimiento o en el efectivo desarrollo de las nuevas aplicaciones.

Concesión de subvenciones

Las subvenciones serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Entidades Beneficiarias

Las personas jurídicas públicas, cuya sede social radique en la Comunidad Autónoma de Cantabria, o que dispongan de centro de trabajo en ésta, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención. Las personas jurídicas privadas cuya sede social radique en la Comunidad Autónoma de Cantabria, o que dispongan de centro de trabajo en ésta, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención. 

No se admitirá la solicitud por personas físicas, por comunidades de bienes ni por cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Modalidades de proyectos

  • Modalidad A. Proyectos de Transferencia de conocimiento derivada de la realización de trabajos de Fin de Grado, Fin de Máster o Doctorado Industrial de interés para el usuario final de la transferencia de conocimiento. 
  • Modalidad B. Proyectos de Transferencia de conocimiento derivada de la realización de Proyectos de Investigación colaborativos entre el agente que desarrolla el conocimiento y el posible usuario final del mismo. Como ejemplos de actividades subvencionables en esta modalidad, y sin ánimo exhaustivo, se pueden identificar, entre otras: las correspondientes a proyectos promovidos por convocatorias europeas o con grupos de otros países (internacionalización); la elaboración de proyectos coordinados para convocatorias nacionales (incremento de masa crítica); el desarrollo de proyectos de transferencia de conocimiento entre investigadores de una entidad pública y una privada, etc.

Las ayudas concedidas no podrán superar los 20.000 € por solicitud, sin que en ningún caso quepa otorgar subvención por importe superior al solicitado.

En relación a esta convocatoria, IDIVAL incrementará la ayuda en hasta un 30% de los costes directos, en los proyectos concedidos a personal propio o vinculado solicitados por el Instituto.

Presentación de solicitudes y plazo de presentación

Los investigadores interesados, deberán remitir la documentación antes del plazo de cierre interno, a través de correo electrónico, a gesval2@idival.org.

Posteriormente, las solicitudes, dirigidas al Consejero/a de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, se suscribirán por el representante de la entidad, formalizadas en el modelo oficial que se publica en la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes y documentación correspondiente será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm, o por cualquier otro medio de presentación electrónica legalmente admisible.

Documentación a presentar

Se adjuntará a la solicitud Anexo I (ver convocatoria) la siguiente documentación conforme indica y según el modelo de documento que se publica en la convocatoria:

a) Declaración Responsable conforme a modelo que se publica en la convocatoria, con el siguiente contenido: 

– Declaración de ser ciertos cuantos datos figuran en la solicitud y, en su caso, la documentación adjunta. 

– Declaración de conocimiento, aceptación y compromiso de cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras y convocatoria de la ayuda. 

– Declaración de los importes recibidos en concepto de subvención o ayuda con la misma finalidad, o en su caso indicación de no haber recibido subvención o ayuda alguna con idéntica finalidad. 

-Declaración de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006 de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. 

b) Relación estimativa de gastos subvencionables, "Anexo-Estimación de Gastos Subvencionables".

c) Memoria descriptiva del Proyecto, "Anexo Memoria Descriptiva del Proyecto”.

d) En el caso de no autorizar a la administración a recabar tales datos de las administraciones correspondientes, deberá ser asimismo aportada por la entidad solicitante documentación acreditativa de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. 

e) De manera facultativa podrá ser presentada:

– "Carta de Interés", firmada por miembro de la entidad interesada en la transferencia del conocimiento, en que se detalle el interés en la ejecución del Proyecto. La presentación en su caso, de dicha Carta de Interés, y los términos de la misma, será objeto de valoración por el Comité de Valoración previsto en la presente Orden. 

– Podrá adjuntarse a la solicitud un informe de evaluación externa por Agencias o Entidades Evaluadoras debidamente acreditadas de los proyectos presentados. En caso de que no se acompañe este informe, el Comité de Valoración podrá solicitarlo si lo estima necesario.

Cierre interno: 14:00 del 24 de agosto de 2020.

En relación a esta convocatoria, IDIVAL incrementará la ayuda en hasta un 30% de los costes directos, en los proyectos concedidos a personal propio o vinculado solicitados por el Instituto.

Más información de la convocatoria:

Resumen_IDIVAL.pdf

Web Convocatoria (link)

Resolución publicada en el BOC del 27 de Julio (link)

Extracto de la Resolución publicada en el BOC del 27 de Julio (link)

Para remitir consultas y solicitudes, contactar con gesval2@idival.org

Formularios oficiales a remitir de la convocatoria:

 Anexo II Memoria Descriptiva

 Anexo III Estimación Gastos Subvencionables