El 8 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la resolución de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte por la que se somete a consulta pública previa la redacción del anteproyecto de la Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento.
En la consulta previa se recabará la opinión de los sujetos y de las demás organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su correspondiente aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
La nueva Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria tiene como objetivos fundamentales los dos siguientes:
1) Disponer de un marco normativo referente a la financiación pública de la I+T así como de la gestión de los recursos humanos asociados. Se pretende así reforzar y dotar de forma suficiente al Sistema de Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria con los medios financieros necesarios para su sostenimiento y predictibilidad en el tiempo en el tiempo, así como crear una fi gura de investigador pública de carácter regional, que permita tanto la retención del talento como la captación del mismo. De esta forma Cantabria se alinearía con los objetivos nacionales esperados en esta materia, que la C. A. de Cantabria asume como propios. Este marco debería, así mismo, abordar un esquema de gobernanza que permita la participación de los agentes implicados en el Sistema y confeccionar por tanto las estrategias y planes regiones necesarios para su correcto desarrollo.
2) Crear un órgano administrativo de gestión asociado, con carácter público, cuyo cometido principal sea gestionar de forma eficaz y transparente, con un modelo de rendición de cuentas, los recursos financieros y humanos disponibles.
Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del conocimiento, ubicada en la calle Vargas, nº 53, 8ª planta de Santander (39010), pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria (8 de febrero). Igualmente, podrán presentarse alegaciones a través del portal de transparencia en el que se publicará la presente Resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal en la siguiente dirección http://participacion.cantabria.es/